el blog de los proyectos de Olga Berrios

Activismo, Comunicación

Cómo tratar a los niños y niñas en las noticias

Muchas veces me preguntan en los talleres qué pasa con lo que publicamos en los blogs sobre niñas y niños que participan en nuestras actividades. Mi consejo habitual es que hay que tener muchísimo cuidado y respeto.

Os publico aquí los consejos de la guía Pequeñas Manos publicada por la Unió de Periodistes Valencians (formato doc).

1.- La ley 1/96 (Ley de protección del menor) dictamina que el interés del menor tanto español como extranjero prevalece en todos los casos. Son menores los que no han cumplido 18 años.

  • Se considera intromisión ilegítima cualquier imagen o información que pueda perjudicar su reputación, su honor o su intimidad aunque lo haya consentido el mismo o su representante legal.
  • Nunca se pueden tomar imágenes de menores imputados en un caso judicial. Ni difundir imágenes o datos que puedan permitir la identificación del menor, ni dentro ni fuera de la sala.
  • Tampoco se pueden obtener imágenes que puedan identificarle cuando comparecen como víctimas o testigos de un juicio, aunque padres o tutores lo hayan autorizado. Sólo pueden grabarse o fotografiarse de manera que sea imposible reconocerlos (de espaldas, ocultando la cara antes de difundir la imagen, etc.).
  • 2.- La Fiscalía de menores señala que no se deberían captar imágenes de menores en el momento de comisión de delitos o infracciones, porque son contrarias al interés de los niños.

    3.- En el tratamiento informativo de menores las preguntas [las fotografías, los vídeos] sólo pueden hacerse a los niños en presencia de sus padres, representantes legales, tutores o profesores del colegio. Con niños enfermos además se han de valorar el tratamiento de la noticia, no perjudicando su intimidad, autoestima, etc.

    4. – Al entrevistar e informar acerca de un menor, debe primar ante todo sus derecho a la intimidad y confidencialidad; y a ser protegidos frente al daño y las represalias reales o potenciales.

    5. – Los intereses de los niños deben prevalecer sobre cualquier otra consideración, incluso cuando se trate de denunciar cuestiones de injusticia que afectan a la infancia, o de promover sus derechos.

    6. – No se puede en ningún caso herir la sensibilidad de los niños. Hay que evitar preguntas, opiniones o comentarios que les enjuicien, les humillen, deterioren su autoestima, reaviven su dolor o sean insensibles a sus creencias o valores culturales.

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